Tarjeta de Identidad de Extranjero
La tarjeta de identidad de Extranjero, conocida como TIE, se debe solicitar personalmente en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización una vez que hayamos obtenido algún tipo de autorización residencia en España. Normalmente deberemos acudir en el plazo de un mes desde que nos concedieron la autorización.
Para ver dónde dirigirse, el horario y si tiene que pedir cita previa se podrá consultar: http://www.seap.minhap.gob.es/web/servicios/extranjeria/extranjeria_ddgg.html
-
El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte (Original y copia) o título de viaje o cédula de inscripción para acreditar su identidad y aportará:
-
Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, en modelo oficial (EX–17), este modelo puede obtenerse en el siguiente enlace: https://extranjeros.inclusion.gob.es/ficheros/Modelos_solicitudes/mod_solicitudes2/17-Formulario_TIE.pdf
-
Justificante del abono de la tasa de la tarjeta. Modelo 790 Código 012 del Ministerio del Interior. El ejemplar debe estar correctamente impreso en su totalidad, no admitiéndose en ningún caso impresiones en las que no aparezca la parte inferior del documento, en la que consta la anotación “Ejemplar para la Administración”. El impreso se descarga desde la página web de la Policía. https://sede.policia.gob.es/Tasa790_012/
-
Resolución concesión de tarjeta, pantallazo favorable. Resolución de concesión del permiso de residencia o estancia emitida por la oficina de la Delegación del Gobierno, en los casos en los que se la hayan facilitado.
-
Una fotografía reciente en color del rostro del solicitante, tamaño 32x26 milímetros, con fondo uniforme blanco y liso, tomada de frente con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona. (La fotografía deberá mostrar claramente el óvalo de la cara, que incluye cejas, ojos, nariz, boca y mentón, y deberá ser de alta resolución y en papel fotográfico de buena calidad).
-
Certificado o Volante de empadronamiento actual en caso de que haya cambiado de domicilio, (expedido en los tres últimos meses). Original y copia.
-
En cuanto al pago de la tasa hay que matizar que depende la autorización de residencia que nos hayan concedido, la cantidad seá una u otra:
-
TIE que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal, de estancia o para trabajadores transfronterizos. 16,08€ (tasa actualizada 2024).
-
TIE que documenta la renovación de la autorización de residencia temporal o la prórroga de la estancia o de la autorización para trabajadores transfronterizos. 19,30€ (tasa actualizada 2024).
-
TIE que documenta la autorización de residencia y trabajo de mujeres víctimas de la violencia de género y víctimas de la trata de seres humanos. 16,08€ (tasa actualizada 2024).
-
TIE que documenta la autorización de residencia de larga duración o de residencia de larga duración-UE. 21,87€ (tasa actualizada 2024).
-
Certificado de registro de residente comunitario o Tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la Unión. 12€ (tasa actualizada 2024).
El impreso para rellenar y pagar se puede encontrar en el siguiente enlace: https://sede.policia.gob.es/Tasa790_012/ImpresoRellenar. Se podrá pagar en efectivo o mediante una cuenta bancaria.
NO SE PUEDE FOTOCOPIAR EL IMPRESO DE LA TASA ya que cada impreso está reconocido con un identificador único.